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UNO CERÁMICAS S.A.S.


1. OBJETO

Establecer las condiciones generales para la atención de la garantía legal de los productos comercializados por UNO CERÁMICAS S.A.S., en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 1480 de 2011 – Estatuto del Consumidor.


2. ÁMBITO DE APLICACIÓN

La presente política aplica a todos los productos vendidos por UNO CERÁMICAS S.A.S., independientemente de la marca, referencia, proveedor o fabricante, sin perjuicio de las condiciones especiales aplicables a los productos clasificados como calidad segunda o segunda selección.


3. MARCO LEGAL

Esta política se rige por las siguientes disposiciones:

  • Constitución Política de Colombia, artículo 78
  • Ley 1480 de 2011 – Estatuto del Consumidor
  • Normas Técnicas Colombianas (NTC) aplicables a baldosas cerámicas y productos afines
  • Estándares técnicos de la industria (ISO y equivalentes)
  • Demás normas concordantes y complementarias

4. RESPONSABILIDAD DEL VENDEDOR

UNO CERÁMICAS S.A.S., en su calidad de vendedor, responde solidariamente frente al consumidor por la garantía legal de los productos comercializados, conforme a la Ley 1480 de 2011.

Sin perjuicio de lo anterior, la evaluación técnica del producto, la determinación del defecto, la cobertura específica, el término de la garantía y las exclusiones técnicas, corresponden al fabricante o proveedor, en su calidad de productor del bien.


5. COBERTURA DE LA GARANTÍA

La garantía legal cubre defectos de fabricación, calidad, idoneidad o seguridad del producto, siempre que:

  • El producto haya sido utilizado conforme a su destinación normal
  • Se hayan seguido las instrucciones de instalación, uso y mantenimiento del fabricante
  • No exista manipulación indebida, uso incorrecto o intervención de terceros

6. EXCLUSIONES GENERALES DE LA GARANTÍA

La garantía legal no cubre, entre otros:

  • Daños derivados de una instalación incorrecta
  • Uso distinto al recomendado por el fabricante
  • Desgaste normal por el uso o el paso del tiempo
  • Golpes, impactos o daños ocasionados por terceros
  • Falta de mantenimiento adecuado
  • Daños ocasionados por fuerza mayor o caso fortuito

Las exclusiones específicas dependerán del tipo de producto y del fabricante correspondiente.


7. PRODUCTOS DE CALIDAD SEGUNDA O SEGUNDA SELECCIÓN

UNO CERÁMICAS S.A.S. comercializa, en algunos casos, productos clasificados como calidad segunda o segunda selección, los cuales presentan defectos estéticos visibles, propios del proceso de fabricación, tales como, entre otros:

  • Alabeos
  • Diferencias dimensionales
  • Variaciones de tonalidad
  • Irregularidades o daños superficiales en el esmalte

Para los revestimientos cerámicos (baldosas), la Norma Técnica Colombiana NTC 919 (que adopta los criterios de la norma internacional ISO 13006) establece las definiciones, clasificación y requisitos técnicos para productos de calidad primera. Adicionalmente, la serie NTC 4321 define los métodos de muestreo, inspección y aceptación utilizados para la evaluación dimensional y superficial de estos productos.

Los productos clasificados como calidad segunda o segunda selección corresponden a materiales que no cumplen totalmente con los parámetros estéticos exigidos para calidad primera, pero que son aptos para su uso normal.

En consecuencia:

  • Los productos de calidad segunda NO cuentan con garantía respecto de los defectos estéticos previamente informados, los cuales son visibles, conocidos y aceptados expresamente por el consumidor al momento de la compra.
  • La garantía legal sí aplicará únicamente frente a defectos no informados, ocultos o que afecten la seguridad o funcionalidad esencial del producto, distintos a las condiciones estéticas propias de su clasificación como segunda selección.

8. TÉRMINO DE LA GARANTÍA

El término de la garantía será el definido por cada fabricante o proveedor, conforme a la normatividad vigente y a la información suministrada al consumidor al momento de la compra.

En ausencia de información específica, se aplicará la garantía mínima presunta prevista en la Ley 1480 de 2011.


9. PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR LA GARANTÍA

Para hacer efectiva la garantía, el cliente deberá presentar su reclamación ante UNO CERÁMICAS S.A.S., a través de los canales oficiales de atención, aportando como mínimo:

  • Factura o prueba de compra
  • Identificación del producto (marca, referencia y lote, si aplica)
  • Descripción del defecto presentado
  • Evidencia fotográfica o técnica, cuando sea posible

UNO CERÁMICAS S.A.S. actuará como canal de recepción, acompañamiento y gestión, trasladando la reclamación al fabricante correspondiente cuando sea necesario, e informará al cliente el resultado dentro de los plazos legales establecidos.


10. SOLUCIONES APLICABLES

Cuando se determine la procedencia de la garantía, se aplicará, según el caso, una de las siguientes soluciones:

  • Reparación del producto
  • Reposición del producto
  • Devolución del dinero, cuando no sea posible reparar o reponer el bien

De conformidad con la Ley 1480 de 2011.


11. RELACIÓN CON OTRAS POLÍTICAS

La presente Política de Garantía es independiente de:

  • La Política de Devoluciones Voluntarias
  • El Derecho de Retracto para compras a distancia

Cada una se aplica conforme a su naturaleza y regulación legal.


12. GARANTÍAS DE FABRICANTES – ANEXOS TÉCNICOS

UNO CERÁMICAS S.A.S. pone a disposición del consumidor, como documentos de referencia técnica, las políticas de garantía emitidas directamente por los fabricantes o proveedores de las marcas comercializadas.

Estas políticas contienen las condiciones técnicas específicas de cobertura, tiempos de garantía, exclusiones, recomendaciones de instalación, uso y mantenimiento, y hacen parte integral del proceso de evaluación de la garantía.

En la mayoría de los productos comercializados, las condiciones de garantía del fabricante se encuentran impresas directamente en el empaque o caja del producto, las cuales deben ser conservadas por el consumidor como parte de la información técnica y de uso suministrada al momento de la compra.

Adicionalmente, dichas condiciones pueden ser consultadas en los canales oficiales de cada fabricante o solicitadas en las salas de venta de UNO CERÁMICAS S.A.S., sin perjuicio de la responsabilidad legal del vendedor conforme a la Ley 1480 de 2011.

Anexos – Garantías de Fabricantes:

Estos documentos no sustituyen ni limitan la responsabilidad legal del vendedor, sino que permiten determinar el alcance técnico de cada reclamación.


13. VIGENCIA

La presente Política de Garantía rige a partir de su publicación y podrá ser modificada conforme a la ley.

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